15 de noviembre de 2025
¿Cuándo necesitas un plan de manejo de residuos de manejo especial?
En México, miles de empresas generan residuos industriales que no son peligrosos, pero que por su volumen o características deben manejarse bajo reglas específicas.
Aun así, muchas empresas desconocen cuándo están obligadas a contar con un Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial (RME) y qué implica no tenerlo.
La realidad es que no se trata solo de un requisito ambiental: elaborar un plan adecuado puede ayudarte a cumplir con normativas fiscales, evitar auditorías y sumar puntos en materia de responsabilidad corporativa.
¿Qué es un Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial y por qué es obligatorio?
De acuerdo con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y la NOM-161-SEMARNAT-2011, un Plan de Manejo es un documento técnico que describe:
Qué residuos genera la empresa
Cómo se almacenan, transportan y disponen
Qué empresas autorizadas participan en el proceso
Las metas de reducción y aprovechamiento
Evidencia documental del manejo adecuado
No todas las empresas están obligadas a tenerlo, pero sí aquellas cuyos residuos superan los volúmenes mínimos establecidos o que pertenecen a sectores regulados.
Si tienes dudas sobre cuáles residuos genera tu empresa, puedes profundizar en esta guía: Qué residuos genera tu empresa: clasificación y obligaciones legales en México
¿Qué empresas están obligadas por ley a elaborar un plan de manejo de RME?
La obligación depende de dos factores: el giro de la empresa y el volumen de residuos generados. Estos son los principales casos en los que la ley exige un plan formal.
¿Las empresas industriales deben tener un plan de manejo?
Sí. La mayoría de los giros industriales están obligados debido a los altos volúmenes de residuos como:
Plásticos postindustriales
Cartón y embalajes
Madera de tarimas
Metales y chatarra
Residuos de la transformación de materias primas
Incluso industrias certificadas con IMMEX deben hacerlo, ya que el manejo de residuos está vinculado a controles fiscales.
De hecho, cuando una empresa IMMEX no puede exportar mercancía o requiere destruir inventario, también entra en el ámbito de residuos. Puedes revisar más sobre este contexto en: Las 4 salidas legales para un producto IMMEX que no vas a exportar
¿Comercios y centros de distribución están obligados?
Sí, cuando rebasan los volúmenes previstos en la NOM‑161. Algunos ejemplos:
Tiendas departamentales
Centros logísticos
Almacenes de e‑commerce
Mayoristas y distribuidores
Estos giros suelen generar grandes cantidades de empaques, embalajes, cartón, unicel y plástico, los cuales se clasifican como RME por volumen acumulado, aunque no sean peligrosos.
¿Qué giros automotrices deben presentar un plan de manejo?
La industria automotriz es uno de los sectores más regulados. Necesitan un plan si generan:
Partes metálicas
Plásticos de alta resistencia
Hules y empaques
Residuos derivados del mantenimiento de equipos
Componentes eléctricos
Además, la mayor parte de estos residuos están vinculados con procesos de destrucción fiscal, especialmente cuando son piezas fuera de especificación o inventarios que deben darse de baja.
Sobre este punto puedes revisar: Control de residuos industriales y destrucción fiscal: cómo cumplir con la ley y deducir correctamente
¿El sector tecnológico y electrónico debe contar con un plan?
Sí. De hecho, es uno de los giros más vigilados debido a la composición de sus residuos:
Tarjetas electrónicas
Carcasas plásticas
Cables
Equipos obsoletos
Embalajes y espumas protectoras
Estos residuos no se consideran peligrosos en todos los casos, pero sí requieren gestión especial por volumen, materiales reciclables y trazabilidad.
¿El sector alimentario está obligado?
Depende del tipo de residuos y de la operación. Sin embargo, industrias que generan:
Plásticos
Cartón
Envases
Desechos de operaciones logísticas
pueden estar obligadas si exceden los límites establecidos. Cuando estos residuos se vinculan con inventarios caducados o fuera de norma, también pueden entrar en esquemas de destrucción fiscal.
Para entender mejor este cruce regulatorio: La destrucción fiscal en la industria de alimentos
¿Qué pasa si tu empresa no realiza el plan de manejo aun estando obligada?
Las consecuencias pueden ser severas:
Multas ambientales superiores a 50,000 UMAs
Clausuras temporales
Cancelación de permisos estatales
Auditorías ambientales
Requerimientos de información por parte de SEMARNAT
En casos graves, denuncias por daño ambiental
Si además los residuos están vinculados con inventarios o procesos fiscales (por ejemplo, destrucción de productos), también puedes enfrentar revisiones del SAT.
Una mala gestión puede derivar incluso en la pérdida de beneficios fiscales, tal como ocurre en el régimen IMMEX. Consulta más aquí: 4 errores comunes que anulan los beneficios fiscales del IMMEX
¿Qué pasos debes seguir si descubres que tu empresa sí está obligada?
Lo recomendable es:
Diagnóstico completo de residuos generados
Medición de volúmenes y periodicidad
Clasificación bajo la NOM‑161
Elaboración del Plan de Manejo
Registro ante la autoridad competente
Contratación de un prestador autorizado
Actualización anual del reporte de residuos
Preguntas frecuentes
¿Qué autoridad revisa si estoy obligado o no?
La autoridad depende del estado, pero la supervisión general corresponde a SEMARNAT.
¿Los residuos reciclables también entran en un plan de manejo?
Sí, siempre que superen los volúmenes establecidos.
¿Todos los residuos de un IMMEX son de manejo especial?
No, pero una parte importante de los residuos postindustriales sí deben controlarse bajo este esquema.
¿El plan se debe renovar?
Sí. Debe actualizarse cada vez que cambien los procesos o volúmenes de generación.
¿Qué pasa si contrato a una empresa no autorizada?
La responsabilidad recae siempre en el generador, no en el proveedor.
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